Las normativas que impulsan la digitalización empresarial han generado importantes transformaciones en la gestión de la facturación y la fiscalidad de las empresas. Además de la implementación de la factura electrónica obligatoria en todas las transacciones comerciales entre empresas, ahora también es obligatorio incluir un código QR tanto en las facturas digitales como en las impresas en papel.

 

¿Qué es el código QR de una factura?

El código QR (Quick Response Code) es una representación gráfica de información en formato de código de barras bidimensional. Permite el almacenamiento eficiente de información y puede ser fácilmente leído por dispositivos móviles al escanearlo con la cámara.

En el caso de las facturas electrónicas, el código QR contiene los datos principales de la factura, como el NIF del comprador y del emisor, el país, el número de factura, la fecha, el importe de los impuestos y las tasas, entre otros.

 

¿Cuál es el objetivo de las facturas con QR?

La implementación de este sistema tiene como objetivo permitir que tanto la Agencia Tributaria como los ciudadanos puedan verificar la autenticidad de las facturas en tiempo real, facilitando la detección de irregularidades y simplificando los procesos administrativos para las empresas. Con el uso del código QR, se espera combatir de manera definitiva el fraude fiscal y dificultar la utilización de sistemas de doble contabilidad que buscan ocultar información relevante para las autoridades fiscales.

Además, este código permite a los destinatarios de las facturas electrónicas asegurarse de que las facturas estén correctamente contabilizadas y de que la empresa emisora cumpla con sus obligaciones ante Hacienda, garantizando que ha comunicado de manera precisa la información de esa operación específica a la Agencia Tributaria (AEAT).

 

Obligación de la inclusión del código QR en las facturas

El Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre de 2023, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre de 2012.

En el artículo 6 del Reglamento se incluye que las facturas emitidas por programas de facturación deben contener una representación gráfica parcial del contenido mediante un código QR. En el caso de facturas electrónicas, esta representación gráfica puede ser reemplazada por el contenido representado en el código QR. Asimismo, en el artículo 7 se añade la utilización obligatoria de códigos QR en las facturas simplificadas.

Según este nuevo decreto, el plazo que disponen las empresas para ajustar sus sistemas de facturación e integrar códigos QR de forma obligatoria es antes del 1 de julio de 2025.

 

En definitiva, la obligación de incluir códigos QR en las facturas, al igual que la factura digital, es un hecho y un paso más en la modernización de los sistemas fiscales y en la lucha contra el fraude fiscal. Además, promoverá la transparencia y la seguridad en las transacciones comerciales, y facilitará el control fiscal por parte de la Agencia Tributaria.